AEPD Estima Reclamación Contra Google: Motor de Búsqueda Debe Cumplir con Solicitudes de Supresión de Datos Personales

Resolución TD-01220-2018
Firmado 2018-11-22T00:00:00Z
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El caso se refiere a una reclamación presentada por D. A.A.A. contra Google LLC (Google Spain, S.L.) por no haber atendido adecuadamente su solicitud de supresión de datos personales asociados a dos URLs específicas. El reclamante ejerció su derecho de supresión el 11 de mayo de 2018, solicitando que sus datos no se asociaran a las URLs mencionadas. Google bloqueó una de las URLs, pero denegó la solicitud para la otra, argumentando que el contenido parecía haber sido publicado deliberadamente en la esfera pública por el reclamante.

Durante el procedimiento, Google adoptó medidas para bloquear la URL inicialmente denegada, cumpliendo así con la solicitud del reclamante. La resolución estima la reclamación por motivos formales, ya que la pretensión del reclamante se alcanzó durante la tramitación del procedimiento. No se impone sanción alguna, dado que Google finalmente cumplió con la solicitud de supresión de datos.

La decisión subraya que los motores de búsqueda, como Google, son responsables del tratamiento de datos personales y deben atender las solicitudes de supresión cuando se cumplan los requisitos legales. Además, se destaca que el tratamiento de datos por parte de un motor de búsqueda puede afectar significativamente los derechos fundamentales de las personas, justificando la necesidad de medidas de protección adecuadas.