AEPD sanciona a NEGOX CORPORATE FINANCE por incumplir el derecho de cancelación de datos personales

Resolución TD-01209-2018
Firmado 2018-09-21T00:00:00Z
Enlace 📋

El expediente TD/01209/2018, resuelto mediante la Resolución R/01642/2018, trata sobre una reclamación presentada por D. A.A.A. contra NEGOX CORPORATE FINANCE, S.L. debido a que esta última no atendió adecuadamente su solicitud de cancelación de datos personales.

D. A.A.A. ejerció su derecho de cancelación ante NEGOX, pero no recibió la respuesta legalmente establecida dentro del plazo de diez días. Tras varias notificaciones y escritos de descargos, se constató que NEGOX no había respondido a la solicitud de cancelación, lo cual es una infracción de la normativa vigente sobre protección de datos.

La normativa establece que el responsable del tratamiento de datos debe responder a las solicitudes de cancelación en un plazo máximo de diez días. Si no se responde en este plazo, el interesado puede interponer una reclamación. Además, el responsable debe comunicar cualquier rectificación o cancelación a terceros que hayan recibido los datos, para que también procedan a la cancelación.

En este caso, se determinó que NEGOX no había cumplido con su obligación de responder a la solicitud de cancelación, ni de comunicar la cancelación a terceros si los datos hubieran sido cedidos previamente. Por ello, se estimó la reclamación de D. A.A.A. y se instó a NEGOX a atender el derecho de cancelación en un plazo de diez días hábiles, bajo amenaza de incurrir en una infracción prevista en la Ley Orgánica de Protección de Datos.

La resolución también establece que las actuaciones realizadas como consecuencia de esta resolución deben ser comunicadas a la entidad correspondiente en el mismo plazo. Además, se notificó la resolución a ambas partes y se hizo pública una vez notificada, conforme a la normativa vigente. Contra esta resolución, se pueden interponer recursos de reposición o contencioso-administrativo, según lo establecido por la ley.