| Resolución | TD-01172-2018 |
| Firmado | 2018-08-10T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento TD/01172/2018 se originó a partir de una reclamación presentada por D. A.A.A. contra Microsoft Corporation. El reclamante solicitó la desindexación de sus datos personales en los resultados de búsqueda del buscador Bing, específicamente en una URL que contenía una sentencia judicial con información personal.
Microsoft denegó la solicitud argumentando que la información era relevante y que solo eliminaría URLs relacionadas con búsquedas específicas del nombre del reclamante. La empresa alegó que no eliminaría resultados de búsquedas que no se llevaran a cabo en el nombre del reclamante, ni aquellas relacionadas con el nombre de una empresa o organización, o que fueran relevantes públicamente.
La resolución determinó que Microsoft, como gestor del motor de búsqueda, es responsable del tratamiento de los datos personales y debe cumplir con las solicitudes de cancelación de datos personales cuando estos no sean necesarios o pertinentes. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece que el gestor de un motor de búsqueda debe eliminar enlaces a páginas web que contengan información personal, incluso si la publicación en dichas páginas es lícita.
En este caso, se consideró que no existía un interés preponderante del público en acceder a la información contenida en la URL reclamada. Por lo tanto, se estimó la reclamación y se instó a Microsoft a adoptar las medidas necesarias para evitar que el nombre del reclamante se vincule a dicha URL en los resultados de búsqueda. La resolución también se hizo pública conforme a la normativa vigente.