AEPD sanciona a EQUIFAX por no proporcionar una respuesta clara y completa al derecho de acceso de datos personales

Resolución TD-01135-2018
Firmado 2018-09-04T00:00:00Z
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El 27 de abril de 2018, Dª A.A.A. presentó una reclamación contra ASNEF-EQUIFAX, SERVICIOS DE INFORMACIÓN SOBRE SOLVENCIA Y CRÉDITO, S.L. (EQUIFAX) por no haber atendido adecuadamente su derecho de acceso a sus datos personales. La reclamante había solicitado acceso a sus datos el 29 de noviembre de 2017, pero no recibió una respuesta clara y completa.

EQUIFAX alegó que había respondido a la solicitud de acceso el 4 de diciembre de 2017, informando sobre una incidencia relacionada con ALTAIA CAPITAL. Sin embargo, UNIPOST certificó que el envío no pudo ser entregado debido a la ausencia de la reclamante en su domicilio. Además, se encontró una contradicción en la documentación proporcionada por EQUIFAX, ya que en un documento se indicaba que no había datos registrados, mientras que en otro se mencionaba una deuda asociada al identificador de la reclamante.

La resolución determinó que, aunque EQUIFAX había atendido la solicitud de acceso dentro del plazo establecido, no había proporcionado una respuesta clara y completa. Se instó a EQUIFAX a remitir a la reclamante una certificación que facilitara debidamente el acceso ejercitado o a denegar motivada y fundamentadamente el acceso solicitado, en un plazo de diez días hábiles. De no cumplir con esta instrucción, EQUIFAX podría incurrir en una infracción prevista en la Ley Orgánica de Protección de Datos.

La decisión se basó en el derecho del interesado a obtener información sobre sus datos personales, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 y su reglamento de desarrollo. La resolución también destacó la importancia de que los datos tratados sean veraces y exactos, responsabilidad que recae en el acreedor que facilita la información al fichero.