AEPD sanciona a ELPERIODICO.COM por incumplir la solicitud de cancelación de datos personales

Resolución TD-01114-2018
Firmado 2018-09-04T00:00:00Z
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En la resolución del expediente TD/01114/2018, se abordó la reclamación presentada por Dª A.A.A. contra ELPERIODICO.COM por no haber atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de datos personales. La reclamante había solicitado la cancelación de sus datos para dejar de recibir newsletters, pero no recibió una respuesta adecuada en el plazo establecido por la ley.

Elperiodico.com reconoció que, debido a problemas técnicos en el buzón de reclamaciones, no pudo atender la solicitud de la reclamante. Sin embargo, durante el procedimiento, la entidad canceló los datos de la reclamante el 25 de mayo de 2018. No obstante, no proporcionó pruebas documentales que demostraran el cumplimiento del deber de respuesta establecido por la normativa vigente.

La resolución destacó que la entidad no había cumplido con la obligación de responder a la solicitud de cancelación en el plazo de diez días, ni había proporcionado una respuesta formal a la reclamante. Esto constituyó una infracción de los derechos del interesado, según lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y su reglamento de desarrollo.

Por ello, se estimó la reclamación de Dª A.A.A. e instó a ELPERIODICO.COM a remitir una certificación que acredite la cancelación de los datos de la reclamante o a demostrar el cumplimiento del deber de respuesta en un plazo de diez días hábiles. De no hacerlo, la entidad podría incurrir en una infracción prevista en la ley. Además, se notificó la resolución a ambas partes y se hizo pública conforme a la normativa vigente.