| Resolución | TD-01069-2018 |
| Firmado | 2018-09-20T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El 4 de mayo de 2018, D. A.A.A. presentó una reclamación contra Google LLC por no haber atendido su solicitud de cancelación de ciertos enlaces en los resultados de búsqueda. El reclamante había solicitado que Google no indexara 15 URLs que contenían información sobre su imputación en un delito contra la administración pública. Google rechazó la solicitud argumentando que la información era de interés público debido al papel del reclamante en la vida pública.
El reclamante alegó que, aunque no cuestionaba el derecho a la información, consideraba inadmisible que se mencionara su nombre en el momento de la imputación pero se omitiera cuando el procedimiento fue sobreseído. Argumentó que este tratamiento desigual lesionaba su derecho al honor.
La resolución desestimó la reclamación, argumentando que la información publicada era relevante y de interés público. Se consideró que el derecho a la protección de datos personales del reclamante no prevalecía sobre el derecho a la información y la libertad de expresión, especialmente dado el papel del reclamante en la vida pública y la relevancia de la información para el interés general.
Se concluyó que la solicitud de cancelación no estaba justificada, ya que la información no era obsoleta ni carecía de veracidad. Además, se indicó que el cauce adecuado para la protección del derecho al honor y a la propia imagen no era la normativa de protección de datos, sino la Ley Orgánica 1/1982. Por lo tanto, la reclamación fue desestimada y se notificó la resolución a las partes involucradas.