La AEPD obliga al Ayuntamiento de Linares a facilitar acceso completo a los datos personales de un ciudadano tras incumplir su solicitud de información

Resolución TD-01030-2018
Firmado 2018-09-04T00:00:00Z
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El ciudadano D. A.A.A. presentó una reclamación contra el Ayuntamiento de Linares por no haber recibido una respuesta adecuada a su solicitud de acceso a sus datos personales. El reclamante había solicitado información sobre sus datos en varios ficheros, incluyendo SIUSS y MULTAS, sin obtener una respuesta satisfactoria.

El Ayuntamiento argumentó que había proporcionado toda la información disponible en sus diferentes departamentos, pero el reclamante insistió en que no se le había facilitado acceso completo a todos los ficheros, especialmente al fichero SIUSS, cuyas siglas el Ayuntamiento desconocía.

La resolución determinó que el Ayuntamiento no había cumplido con la obligación legal de responder a la solicitud de acceso en el plazo establecido. Según la normativa vigente, el derecho de acceso permite a los ciudadanos conocer si sus datos personales están siendo tratados, la finalidad de dicho tratamiento y el origen de los datos. El Ayuntamiento debía haber facilitado esta información o, en su defecto, denegar el acceso de manera fundada y motivada.

Por ello, se estimó la reclamación y se instó al Ayuntamiento de Linares a que, en un plazo de diez días hábiles, proporcionara al reclamante una certificación con el acceso completo a sus datos o denegara el acceso de manera fundada y motivada. En caso de incumplimiento, el Ayuntamiento podría incurrir en una infracción según lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos.