La AEPD ordena a la Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana cumplir con el derecho de acceso a datos personales del reclamante

Resolución TD-00951-2018
Firmado 2018-09-03T00:00:00Z
Enlace 📋

D. A.A.A. presentó una reclamación contra la Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana por no haber atendido adecuadamente su solicitud de acceso a sus datos personales. El reclamante solicitó información sobre el encargado del tratamiento de sus datos y copias de ciertas autorizaciones, específicamente relacionadas con un informe psicosocial.

La Consellería respondió indicando que la información sobre el encargado del tratamiento se encontraba en una orden específica, pero no proporcionó detalles concretos sobre los datos personales del reclamante ni denegó explícitamente el acceso. Esta respuesta fue considerada insuficiente, ya que el derecho de acceso implica no solo conocer la existencia de datos, sino también obtener información específica sobre ellos.

La resolución estimó la reclamación en cuanto al derecho de acceso a los datos personales, ordenando a la Consellería que proporcionara al reclamante una certificación completa de sus datos personales o que denegara el acceso de manera fundada y motivada. En caso de no cumplir, la Consellería podría incurrir en una infracción según la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Por otro lado, la reclamación fue desestimada en cuanto a la solicitud de copias de documentación específica, ya que el derecho de acceso no incluye el acceso a documentos concretos, salvo que otra normativa lo permita.