| Resolución | TD-00938-2018 |
| Firmado | 2018-09-07T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El 6 de abril de 2018, D. A.A.A. presentó una reclamación contra Google LLC (Google Spain, S.L.) por no haber atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de ciertos enlaces en los resultados de búsqueda. El reclamante había solicitado la eliminación de ocho URLs que contenían información sobre un incidente en el que supuestamente había atropellado a un huelguista con un camión. A pesar de haber sido denunciado, el caso fue sobreseído libremente por falta de indicios de delito.
Google rechazó la solicitud de cancelación argumentando que las URLs estaban relacionadas con asuntos de interés público, especialmente en el ámbito profesional del reclamante. Sin embargo, el reclamante insistió en que la información era incompleta e incorrecta, ya que no reflejaba el sobreseimiento del caso.
Tras las actuaciones procedimentales, se constató que Google no había presentado alegaciones que justificaran la permanencia de las URLs. Se determinó que la información era excesiva e incompleta, afectando negativamente al derecho al respeto de la vida privada del reclamante. Por lo tanto, se estimó la reclamación y se instó a Google a adoptar las medidas necesarias para evitar que el nombre del reclamante se vinculara con las URLs reclamadas en los resultados de búsqueda.
La resolución subraya que, aunque la información publicada en las páginas web originales pueda ser lícita, el tratamiento de datos personales por parte del motor de búsqueda puede afectar significativamente los derechos fundamentales del interesado. En este caso, se consideró que el derecho del reclamante a que la información incompleta no se vincule a su nombre prevalece sobre el interés público en acceder a dicha información.