| Resolución | TD-00908-2018 |
| Firmado | 2018-09-03T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento TD/00908/2018 se originó a partir de una reclamación presentada por D. A.A.A. contra la Junta de Castilla y León, Dirección General de Política Educativa Escolar. El reclamante solicitó acceso a los datos personales de su hijo menor de edad, incluyendo un listado de datos, copias del expediente académico, matrícula, y autorizaciones de uso de imágenes. La solicitud se realizó el 30 de enero de 2018, pero el reclamante alegó que no había recibido una respuesta adecuada.
Durante la tramitación del procedimiento, la Consejería de Educación remitió al reclamante la información y las copias de la documentación solicitadas el 15 de mayo de 2018. Sin embargo, el reclamante no presentó alegaciones adicionales.
La resolución determinó que, aunque la Consejería había facilitado la información solicitada, lo había hecho fuera del plazo legal establecido. Por ello, se estimó la reclamación por motivos formales, ya que el derecho de acceso a los datos personales se había atendido extemporáneamente. No obstante, no se emitió una nueva certificación debido a que la información ya había sido proporcionada.
En cuanto a la solicitud de copia del expediente académico y documentación educativa, la resolución desestimó esta parte de la reclamación. Se argumentó que el derecho de acceso a los datos personales no incluye la obtención de documentos concretos, como expedientes académicos, los cuales están regulados por normativas específicas y deben ser solicitados a través de las instancias académicas correspondientes.
Finalmente, se notificó la resolución a ambas partes y se indicaron los recursos disponibles en caso de disconformidad.