AEPD desestima reclamación por abuso del derecho en solicitud de cancelación de datos en ficheros de solvencia

Resolución TD-00888-2018
Firmado 2018-05-04T00:00:00Z
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El 2 de abril de 2018, D. A.A.A. presentó una reclamación contra ASNEF-EQUIFAX, SERVICIOS DE INFORMACIÓN SOBRE SOLVENCIA Y CRÉDITO, S.L., EXPERIAN BUREAU DE CRÉDITO, S.A. y NUEVO MICRO BANK, S.A.U. por no haber atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de datos en ficheros de solvencia patrimonial y crédito. El reclamante alegó que había sido incluido en dichos ficheros sin ser informado y solicitó la cancelación cautelar de sus datos hasta la resolución del procedimiento.

El reclamante había enviado un burofax al acreedor y faxes certificados a los responsables de los ficheros, pero estos confirmaron la existencia de la deuda, lo que justificaba su permanencia en el fichero. A pesar de esto, D. A.A.A. insistió en su solicitud de cancelación sin aportar pruebas que cuestionaran la validez de la deuda.

La resolución desestimó la reclamación debido a que el reclamante no presentó indicios ni documentación que demostraran la extinción de la deuda. Además, se consideró que el reclamante había utilizado el procedimiento de tutela de derechos de manera abusiva y desproporcionada, buscando cancelar sus datos en los ficheros de solvencia patrimonial y crédito sin una justificación válida. Esta conducta fue vista como un abuso del derecho, lo que generaba perjuicios a terceros y a la propia administración.

La decisión se basó en la obligación de ejercer los derechos conforme a las reglas de la buena fe y en la prohibición del abuso del derecho, tal como establece el Código Civil. Se concluyó que el reclamante no había actuado con la seriedad y legitimidad necesarias, por lo que se desestimó su reclamación.