AEPD desestima reclamación contra ASNEF-EQUIFAX al confirmar cumplimiento del derecho de acceso a datos personales

Resolución TD-00857-2018
Firmado 2018-06-22T00:00:00Z
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El 28 de marzo de 2018, Dª. A.A.A. presentó una reclamación contra ASNEF-EQUIFAX, SERVICIOS DE INFORMACIÓN SOBRE SOLVENCIA Y CRÉDITO, S.L. por no haber atendido adecuadamente su derecho de acceso a los datos personales que la entidad tenía sobre ella. La reclamante había ejercido este derecho el 15 de febrero de 2018, solicitando información sobre sus datos en el fichero de ASNEF-EQUIFAX.

ASNEF-EQUIFAX alegó que había respondido a la solicitud de acceso en tiempo y forma, informando a la reclamante sobre una incidencia reportada por Banco Santander. La entidad también señaló que no había recibido más comunicaciones de la reclamante hasta la apertura del procedimiento de tutela de derechos. Además, ASNEF-EQUIFAX adjuntó una consulta al fichero ASNEF realizada el 23 de mayo de 2018, donde no constaban deudas asociadas al identificador de la reclamante.

La reclamante manifestó su conformidad con las alegaciones de ASNEF-EQUIFAX. Tras revisar las actuaciones y la documentación presentada, se determinó que ASNEF-EQUIFAX había cumplido con todas las obligaciones legales respecto al derecho de acceso, respondiendo en plazo y forma a la solicitud de la reclamante.

Se concluyó que no se había vulnerado el artículo 15 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), ni ningún otro precepto legal. Por lo tanto, se desestimó la reclamación presentada por Dª. A.A.A. contra ASNEF-EQUIFAX, SERVICIOS DE INFORMACIÓN SOBRE SOLVENCIA Y CRÉDITO, S.L. La resolución fue notificada a ambas partes y se hizo pública conforme a la normativa vigente.