| Resolución | TD-00850-2018 |
| Firmado | 2018-08-10T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El reclamante, D. A.A.A., solicitó a Google LLC la cancelación de ciertos enlaces en los resultados de búsqueda que contenían información sobre él, argumentando que dicha información era obsoleta y vacía de contenido debido a un auto de sobreseimiento en un caso judicial. Google denegó la solicitud, alegando que las URLs en cuestión estaban relacionadas con asuntos de interés público y profesional del reclamante.
El reclamante presentó una reclamación ante la autoridad competente, argumentando que el auto de sobreseimiento había adquirido firmeza y que, por tanto, la información contenida en las URLs era inexacta y obsoleta. Google, por su parte, se mantuvo en su posición, señalando que la libertad de información no se condiciona exclusivamente por el resultado de los procesos penales y que las informaciones disputadas se referían a la vida profesional del reclamante, siendo de interés público.
La resolución desestimó la reclamación, argumentando que la información en cuestión estaba relacionada con la actividad profesional del reclamante y que, por tanto, no podía evaluarse desde la misma óptica que la información relativa a su esfera personal o privada. Se consideró que la libertad de expresión y el interés público en acceder a la información prevalecían sobre el derecho a la protección de datos personales del reclamante.
La decisión se basó en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y de la Audiencia Nacional, que han establecido que el derecho al olvido no puede utilizarse para construir un pasado a medida, eliminando informaciones negativas o controlando el discurso sobre uno mismo. En este caso, se determinó que la información sobre el reclamante era relevante para el público debido a su profesión y a las irregularidades cometidas en el ejercicio de su cargo, por lo que se desestimó la reclamación.