| Resolución | TD-00842-2018 |
| Firmado | 2018-08-10T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Dª A.A.A., representada por Dª B.B.B., presentó una reclamación contra Valoriza Servicios a la Dependencia S.L. por no haber atendido debidamente su solicitud de acceso a sus datos personales. La reclamante envió una solicitud por Burofax el 17 de enero de 2018, pero no recibió respuesta en el plazo legalmente establecido.
Valoriza argumentó que la notificación no cumplía con los requisitos legales, ya que no constaba que la recepción hubiera sido realizada por un representante o empleado de la empresa. Además, señalaron que el contrato para la prestación de servicios de ayuda a domicilio había finalizado y que los datos habían sido entregados al Concello, sugiriendo que la reclamante debía dirigirse a las nuevas empresas encargadas del servicio.
La resolución determinó que, aunque Valoriza alegó irregularidades en la notificación, estas no podían recaer sobre la reclamante, quien había ejercido su derecho de acceso conforme a la normativa vigente. Se consideró que la solicitud de acceso no fue atendida en el plazo establecido, lo que constituyó una falta formal.
Por ello, se estimó la reclamación por motivos formales, aunque no se emitió una nueva certificación debido a que Valoriza había denegado motivadamente el derecho durante la tramitación del procedimiento. La resolución fue notificada a ambas partes y se hizo pública conforme a la normativa vigente.