| Resolución | TD-00818-2018 |
| Firmado | 2018-05-04T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Dª B.B.B. presentó una reclamación contra SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR, EFC., S.A. por no haber atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de datos en ficheros de solvencia patrimonial y crédito. La reclamante alegó que había sido incluida en dichos ficheros sin ser informada y solicitó la cancelación cautelar de sus datos hasta la resolución del procedimiento.
La reclamante había ejercido su derecho de cancelación y había enviado comunicaciones al acreedor y a los responsables de los ficheros, pero estos confirmaron la existencia de la deuda, lo que justificaba su permanencia en el fichero. A pesar de esto, Dª B.B.B. insistió en su solicitud de cancelación sin aportar pruebas que cuestionaran la validez de la deuda.
La resolución desestimó la reclamación debido a que la reclamante no proporcionó evidencia que respaldara su solicitud de cancelación. Además, se consideró que la reclamante había utilizado el procedimiento de tutela de derechos de manera abusiva y desproporcionada, buscando cancelar sus datos en los ficheros de solvencia patrimonial y crédito sin justificación válida. Esta conducta fue vista como un abuso del derecho, contrario a las reglas de la buena fe y al ordenamiento jurídico.
La decisión subraya la importancia de ejercer los derechos de protección de datos de manera legítima y con buena fe, evitando prácticas que puedan perjudicar a terceros o al sistema de protección de datos. La resolución también destaca que los derechos deben ejercerse conforme a las exigencias de la buena fe y que la ley no ampara el abuso del derecho.