AEPD desestima reclamación contra ASNEF y Caixabank por abuso del derecho y falta de buena fe en solicitud de cancelación de datos

Resolución TD-00815-2018
Firmado 2018-05-04T00:00:00Z
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Dª A.A.A. presentó una reclamación contra ASNEF-EQUIFAX y CAIXABANK CONSUMER FINANCE, S.A. por no haber atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de datos en ficheros de solvencia patrimonial y crédito. La reclamante alegó que fue incluida en dichos ficheros sin ser informada y solicitó la cancelación cautelar de sus datos hasta la resolución del procedimiento.

La reclamante había ejercido su derecho de cancelación previamente, pero su solicitud no recibió la contestación legalmente establecida. Además, la deuda había sido confirmada por el acreedor en el fichero común, y la reclamante no aportó documentación que cuestionara esta confirmación.

La resolución desestimó la reclamación debido a que la reclamante no proporcionó indicios o documentación que demostraran la extinción de la deuda. Se consideró que la reclamante estaba utilizando el procedimiento de tutela de derechos de manera infundada, abusiva y desproporcionada, con la intención de provocar un perjuicio y sin ajustarse a las reglas de la buena fe. Esta conducta fue vista como un abuso del derecho, lo que no está protegido por la ley.

La resolución subrayó que el ejercicio de los derechos debe realizarse conforme a las exigencias de la buena fe y que no se puede valer de subterfugios para eludir las reglas de derecho. Por ello, se desestimó la reclamación y se notificó la resolución a la reclamante.