AEPD desestima reclamación por abuso del derecho de cancelación: Reclamante intentó eliminar datos de solvencia sin justificación válida

Resolución TD-00804-2018
Firmado 2018-05-04T00:00:00Z
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D. A.A.A. presentó una reclamación contra ING Bank NV Sucursal en España el 2 de abril de 2018, alegando que su derecho de cancelación no había sido atendido adecuadamente. El reclamante afirmaba haber sido incluido en ficheros de solvencia patrimonial y crédito sin ser informado previamente, y solicitaba la cancelación cautelar de sus datos hasta la resolución del procedimiento.

El reclamante había enviado varios burofaxes y faxes certificados al acreedor y a los responsables de los ficheros, pero estos confirmaron la existencia de la deuda y su permanencia en el fichero común. A pesar de esta confirmación, D. A.A.A. insistió en su solicitud de cancelación, sin aportar pruebas que cuestionaran la validez de la deuda.

La resolución desestimó la reclamación, argumentando que el reclamante no había demostrado que las circunstancias hubieran cambiado desde la confirmación de la deuda. Además, se señaló que el reclamante había utilizado el procedimiento de tutela de derechos de manera infundada y abusiva, buscando cancelar sus datos en los ficheros de solvencia patrimonial y crédito sin justificación válida. Esta conducta fue considerada contraria a la buena fe y al ejercicio legítimo de los derechos, generando perjuicios a terceros y a la propia entidad encargada de la protección de datos.

La resolución subrayó que el derecho de cancelación debe ejercerse conforme a las exigencias de la buena fe y que no se puede abusar de este derecho para obtener resultados contrarios al ordenamiento jurídico. Por ello, se desestimó la reclamación, notificando la decisión a D. A.A.A. y haciendo pública la resolución conforme a la normativa vigente.