AEPD desestima reclamación por solicitud abusiva de cancelación de datos en ficheros de morosidad

Resolución TD-00799-2018
Firmado 2018-04-20T00:00:00Z
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En el procedimiento TD/00799/2018, D. A.A.A. presentó una reclamación contra DINEO CREDITO, S.L. por no haber atendido su solicitud de cancelación de datos. El reclamante había solicitado la cancelación de sus datos en los ficheros de morosidad debido a una deuda pendiente de 190,45 euros con la entidad DINEO CREDITO, S.L. A pesar de que la deuda había sido confirmada tanto por el acreedor como por el fichero común EQUIFAX, el reclamante insistió en la cancelación sin aportar pruebas que cuestionaran la existencia de la deuda.

El reclamante había seguido un patrón de comportamiento en múltiples reclamaciones, solicitando la cancelación de datos sin justificación válida. Este comportamiento fue considerado abusivo y desproporcionado, ya que se utilizaba la normativa de protección de datos para intentar cancelar anotaciones de deuda legítimas, generando perjuicios a terceros y a la administración.

La resolución desestimó la reclamación, argumentando que el reclamante no había actuado de buena fe ni había aportado pruebas que justificaran la cancelación de sus datos. Se recordó que los derechos deben ejercerse conforme a las exigencias de la buena fe y que la ley no ampara el abuso del derecho. Además, se señaló que el procedimiento utilizado por el reclamante no tenía una finalidad seria y legítima, sino que se utilizaba de manera excesiva y abusiva.

Finalmente, se desestimó la reclamación y se notificó la resolución a ambas partes. Se hizo pública la resolución una vez notificada, conforme a la normativa vigente. Contra esta resolución, el reclamante podía interponer un recurso de reposición o directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.