AEPD sanciona a la Diputación de Castellón por incumplir el derecho de acceso a datos personales

Resolución TD-00775-2018
Firmado 2018-07-25T00:00:00Z
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El procedimiento TD/00775/2018 se originó a partir de la reclamación presentada por D. A.A.A. contra la Diputación Provincial de Castellón por no haber atendido adecuadamente su solicitud de acceso a sus datos personales. El reclamante solicitó el acceso a sus datos el 27 de noviembre de 2017, pero no recibió respuesta en el plazo legalmente establecido.

La reclamación se formalizó el 23 de marzo de 2018, y se dio traslado a la Diputación para que presentara sus alegaciones, pero no se recibió respuesta alguna. Según la normativa vigente, específicamente el artículo 29 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, el responsable del fichero debe responder a la solicitud de acceso en un plazo máximo de un mes. En este caso, la Diputación no cumplió con este requisito, lo que constituye una infracción del derecho de acceso del reclamante.

La resolución estima la reclamación y ordena a la Diputación Provincial de Castellón que, en un plazo de diez días hábiles, remita al reclamante una certificación que facilite el acceso completo a sus datos o, en su defecto, deniegue de manera fundada y motivada el acceso solicitado. La falta de cumplimiento de esta orden puede acarrear una infracción según el artículo 44 de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

La resolución también se notifica a ambas partes y se hace pública conforme a la normativa vigente. Contra esta resolución, los interesados pueden interponer un recurso de reposición o directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.