La AEPD estima la reclamación contra YouTube tras la retirada de videos que afectaban la reinsertación del reclamante

Resolución TD-00725-2018
Firmado 2018-08-10T00:00:00Z
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El reclamante, D. C.C.C., presentó una denuncia contra Google LLC (YouTube) por no haber atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de dos enlaces de videos que mostraban su detención por la Policía Nacional hace diez años. El reclamante argumentó que estos videos le causaban perjuicios en su vida personal y profesional, ya que actualmente está reinsertado.

Durante el procedimiento, YouTube inicialmente no identificó una infracción de sus directrices de privacidad. Sin embargo, tras las actuaciones procedimentales, Google decidió bloquear uno de los videos y confirmar que el otro ya no era accesible. Esto se debió a que, según la normativa vigente, Google, como representante de YouTube en España, tiene la obligación de actuar con diligencia para retirar o inutilizar el acceso a contenidos que puedan lesionar derechos de terceros una vez que un órgano competente lo determine.

La resolución estimó la reclamación por motivos formales, ya que la pretensión del reclamante se había alcanzado durante la tramitación del procedimiento. Se notificó la resolución a Google Spain para que diera traslado a Google Inc. (YouTube) y al reclamante. La decisión se hizo pública conforme a la normativa vigente.