AEPD sanciona a Xfera Móviles por incumplir el derecho de acceso a datos personales

Resolución TD-00723-2018
Firmado 2018-05-23T00:00:00Z
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El 26 de febrero de 2018, D. A.A.A. presentó una reclamación contra XFERA MÓVILES, S.A. (MAS MOVIL TELECOM 3.0 S.A.U.) por no haber atendido adecuadamente su derecho de acceso a sus datos personales. El reclamante había solicitado información sobre sus datos el 11 de enero de 2018, pero no recibió una respuesta completa hasta el 25 de enero de 2018. Posteriormente, el reclamante alegó que la información proporcionada era incompleta y que había contradicciones en las respuestas del titular del fichero.

El titular del fichero admitió inicialmente que hubo un error en la información proporcionada, pero luego negó haber incluido los datos del reclamante en ficheros de solvencia patrimonial y crédito. Sin embargo, el reclamante presentó una carta de una entidad (B.B.B.) que le reclamaba una deuda en nombre del titular del fichero, lo que contradecía las afirmaciones del titular.

Se constató que el acceso facilitado fue incompleto, ya que no se proporcionó información sobre los cesionarios de los datos. Además, el titular del fichero envió una carta al reclamante informando sobre la cancelación de datos, cuando lo solicitado era acceso, no cancelación.

Por estos motivos, se estimó la reclamación y se instó a XFERA MÓVILES, S.A. a remitir al reclamante una certificación con el acceso completo a sus datos o a denegar de forma motivada el acceso solicitado, en un plazo de diez días hábiles. De no cumplir con esta resolución, la entidad podría incurrir en una infracción según lo establecido en el artículo 44 de la Ley Orgánica de Protección de Datos.