| Resolución | TD-00690-2018 |
| Firmado | 2018-07-12T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento TD/00690/2018 se originó a partir de la reclamación presentada por D. A.A.A. contra XFERA MÓVILES, S.A. (MAS MOVIL TELECOM 3.0 S.A.U.) debido a que no se le había proporcionado acceso a dos grabaciones de voz solicitadas. La reclamación se basó en el derecho de acceso a los datos personales, conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
El reclamante ejerció su derecho de acceso el 6 de febrero de 2018, pero no recibió respuesta en el plazo legalmente establecido. Durante el procedimiento, XFERA MÓVILES, S.A. reconoció el error y proporcionó las grabaciones solicitadas, aunque fuera del plazo legal. La normativa vigente establece que las grabaciones de voz son datos personales y, por lo tanto, el reclamante tenía derecho a acceder a ellas.
La resolución estimó la reclamación por motivos formales, ya que XFERA MÓVILES, S.A. finalmente proporcionó el acceso a los datos solicitados. No se impuso sanción alguna, ya que la entidad cumplió con la solicitud de acceso, aunque con retraso. La resolución también aclaró que no se puede dirimir cuestiones civiles o contractuales, y que para tales asuntos se deben acudir a los órganos administrativos o judiciales competentes.