| Resolución | TD-00689-2018 |
| Firmado | 2018-07-26T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. presentó una reclamación contra la Farmacia Japón 26 por no haber atendido su solicitud de cancelación de datos personales en el plazo legal establecido. La solicitud de cancelación fue presentada el 16 de febrero de 2018, pero no recibió respuesta alguna por parte de la farmacia.
La normativa vigente establece que el responsable del tratamiento de datos debe responder a las solicitudes de cancelación en un plazo máximo de diez días. En este caso, la farmacia no cumplió con este requisito, lo que constituye una infracción de la ley de protección de datos.
Durante el procedimiento, se intentó notificar la reclamación a la farmacia, pero el sistema rechazó la notificación automáticamente debido a que habían transcurrido los diez días naturales para su acceso. Esto confirma que la farmacia no atendió la solicitud de cancelación en el plazo establecido.
La resolución estima la reclamación de D. A.A.A. e insta a la Farmacia Japón 26 a que, en un plazo de diez días hábiles, remita una certificación que acredite haber atendido la solicitud de cancelación o, en caso contrario, deniegue de forma motivada y fundamentada. De no cumplir con esta instrucción, la farmacia podría incurrir en una infracción tipificada en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que podría ser sancionada con multas administrativas.
La resolución también se notifica a ambas partes y se hace pública una vez notificada, conforme a la normativa vigente. Contra esta resolución, los interesados pueden interponer un recurso de reposición o directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.