AEPD sanciona a GRUPO DERMIA CANARIAS por incumplir el derecho de acceso a datos personales de una paciente

Resolución TD-00684-2018
Firmado 2018-06-12T00:00:00Z
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Dª. A.A.A. presentó una reclamación contra GRUPO DERMIA CANARIAS, S.L. por no haber atendido adecuadamente su derecho de acceso a la información personal. La reclamante solicitó acceso a su historia clínica completa, incluyendo fotos, hojas de parámetros, certificados de sesiones de láser y la identificación de las personas que le proporcionaron el tratamiento. La entidad denegó la solicitud argumentando que la documentación era confidencial y contenía datos personales de sus empleados.

La reclamante alegó que no había recibido una respuesta adecuada y que la entidad no había cumplido con su derecho de acceso. Además, mencionó que sufrió quemaduras durante el tratamiento y que un médico contratado por la entidad la atendió, generando una historia clínica que debería estar disponible.

La entidad, por su parte, argumentó que no se trataba de un tratamiento médico, sino estético, y que no estaba obligada a proporcionar una historia clínica. También afirmó que las hojas de sesiones contenían datos personales de sus empleados y que las fotos habían sido eliminadas.

La resolución determinó que la entidad no había respondido adecuadamente a la solicitud de acceso en el plazo legal establecido. Se instó a GRUPO DERMIA CANARIAS, S.L. a proporcionar el acceso completo al expediente solicitado o a denegar motivadamente el acceso en un plazo de diez días hábiles. La entidad podría incurrir en una sanción por no facilitar el acceso conforme a lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

La resolución también aclaró que el derecho de acceso no incluye la identificación de las personas que proporcionaron el tratamiento, ya que estos datos pertenecen a terceros. Además, se señaló que la entidad debía proporcionar la documentación solicitada, anonimizando los datos personales de sus empleados si fuera necesario.