AEPD sanciona a DE VERE SPAIN S.L. por incumplir el plazo legal para responder a la solicitud de cancelación de datos personales

Resolución TD-00580-2018
Firmado 2018-07-12T00:00:00Z
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El expediente TD/00580/2018 se refiere a una reclamación presentada por don A.A.A. contra la entidad DE VERE SPAIN S.L. El reclamante ejerció su derecho de cancelación de datos personales el 21 de febrero de 2018, mediante un correo electrónico certificado a través de la empresa eGarante. Sin embargo, la entidad no respondió dentro del plazo legal de diez días, como establece la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

Durante el procedimiento, DE VERE SPAIN S.L. alegó no haber recibido el correo electrónico y, tras revisar sus archivos, confirmó que el reclamante no era cliente y que no poseían datos personales suyos. La entidad informó al reclamante por vía postal, pero este insistió en que había enviado el correo electrónico correctamente.

La resolución estima la reclamación por motivos formales, ya que la entidad no respondió en el plazo legalmente establecido. No obstante, se reconoce que DE VERE SPAIN S.L. atendió finalmente el derecho de cancelación durante la tramitación del procedimiento, comunicando al interesado que no poseían sus datos personales. Por ello, no se emite un nuevo certificado, pero se notifica la resolución a ambas partes.

La decisión subraya la importancia de cumplir con los plazos legales para responder a las solicitudes de derechos de los ciudadanos, asegurando así la protección adecuada de sus datos personales.