AEPD sanciona a Vodafone por incumplir plazos en la respuesta a solicitud de acceso a datos personales

Resolución TD-00556-2018
Firmado 2018-06-05T00:00:00Z
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El procedimiento TD/00556/2018 se originó a partir de una reclamación presentada por D. A.A.A. contra la entidad VODAFONE ONO, S.A.U. El reclamante solicitó acceso a una grabación de una conversación telefónica mantenida el 6 de septiembre de 2017, pero no recibió respuesta en el plazo legalmente establecido.

La entidad alegó que atendió la solicitud el 13 de abril de 2018, adjuntando un CD con la grabación solicitada. Sin embargo, esta respuesta se produjo fuera del plazo legal de un mes, lo cual es una infracción formal según la normativa vigente en materia de protección de datos.

La resolución estima la reclamación por motivos formales, ya que el derecho de acceso fue atendido extemporáneamente. No se emite una nueva certificación por parte de la entidad, dado que ya facilitó el acceso a los datos durante la tramitación del procedimiento.

La decisión subraya la importancia de cumplir con los plazos legales para responder a las solicitudes de acceso a datos personales, asegurando que los individuos puedan ejercer sus derechos de manera efectiva y oportuna. La entidad fue notificada de la resolución, y se le informó sobre los recursos disponibles en caso de disconformidad.