AEPD desestima reclamación por uso abusivo del derecho de cancelación de datos en fichero de morosos

Resolución TD-00526-2018
Firmado 2018-04-04T00:00:00Z
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En el procedimiento Nº TD/00526/2018, D. A.A.A. presentó una reclamación contra ASNEF-EQUIFAX y EVOFINANCE E.F.C. por no haber atendido su solicitud de cancelación de datos. El reclamante alegaba que había solicitado la cancelación de sus datos en el fichero de morosos ASNEF, pero tanto ASNEF-EQUIFAX como EVOFINANCE confirmaron la existencia de una deuda pendiente.

El reclamante había enviado varios burofaxes y faxes solicitando la cancelación de sus datos, pero no aportó ninguna documentación que demostrara la extinción de la deuda. Según la resolución, el reclamante había utilizado el procedimiento de tutela de derechos de manera infundada, abusiva y desproporcionada, buscando cancelar las anotaciones en el fichero de solvencia patrimonial y crédito sin justificación alguna.

La resolución desestimó la reclamación, argumentando que el reclamante no había actuado de buena fe ni había aportado pruebas que contradijeran la existencia de la deuda. Se destacó que el ejercicio abusivo de un derecho no está protegido por la ley y que el reclamante había utilizado el procedimiento de tutela de derechos de manera inadecuada, generando perjuicios a terceros y a la propia entidad encargada de resolver la reclamación.

La decisión subraya la importancia de actuar conforme a las reglas de la buena fe y de no abusar del derecho de cancelación de datos, especialmente cuando no se aportan pruebas que justifiquen la solicitud. La resolución también hace referencia a la obligación de los reclamantes de ejercer sus derechos de manera adecuada y sin intención de causar perjuicio a terceros.