| Resolución | TD-00492-2018 |
| Firmado | 2018-05-09T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El 26 de febrero de 2018, D. A.A.A. presentó una reclamación contra Leroy Merlin S.L.U. por no haber atendido adecuadamente su solicitud de cancelación de datos personales. El reclamante había ejercido su derecho de cancelación el 17 de enero de 2018, enviando una carta certificada con acuse de recibo.
Leroy Merlin S.L.U. alegó que el reclamante había enviado un correo electrónico el 14 de diciembre de 2017 solicitando la cancelación, pero no pudo acreditar documentalmente este envío. Posteriormente, el 28 de diciembre de 2017, la empresa solicitó al reclamante una copia de su DNI para identificarlo, y el 2 de enero de 2018, el reclamante envió la documentación solicitada. Finalmente, el 8 de enero de 2018, la empresa comunicó al reclamante que sus datos habían sido cancelados, y el 20 de marzo de 2018, envió una carta certificada confirmando la cancelación.
La normativa establece que el responsable del tratamiento debe responder a las solicitudes de cancelación en un plazo de diez días. En este caso, aunque hubo una discrepancia sobre el método de solicitud (correo certificado vs. correo electrónico), la empresa cumplió con los requisitos legales al solicitar la subsanación de la documentación y proceder a la cancelación de los datos.
Dado que la empresa actuó conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos, se desestimó la reclamación presentada por D. A.A.A. La resolución fue notificada a ambas partes, y se indicaron los recursos disponibles en caso de disconformidad.