| Resolución | TD-00400-2018 |
| Firmado | 2018-05-29T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El expediente TD/00400/2018 se refiere a una reclamación presentada por D. A.A.A. contra EQUIFAX IBERICA, S.L., EXPERIAN BUREAU DE CRÉDITO, S.A. y RCI BANQUE S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA. La reclamación se basa en la falta de respuesta a su solicitud de cancelación de datos en ficheros de solvencia patrimonial y crédito, alegando que no fue informado de su inclusión en dichos ficheros.
D. A.A.A. solicitó la cancelación cautelar de sus datos hasta la resolución del procedimiento, argumentando que no había sido debidamente informado sobre su inclusión en los ficheros. Sin embargo, las entidades responsables confirmaron la existencia de la deuda, lo que justificaba su permanencia en los ficheros.
La reclamación fue desestimada debido a que el reclamante no aportó documentación que cuestionara la validez de la deuda. Además, se observó un patrón de conducta en el que D. A.A.A. presentaba múltiples reclamaciones similares sin proporcionar pruebas que respaldaran sus alegaciones. Esta conducta fue considerada abusiva y desproporcionada, violando las reglas de la buena fe y generando perjuicios a terceros.
La resolución subraya que el ejercicio de los derechos debe realizarse conforme a las exigencias de la buena fe y que no se ampara el abuso del derecho. Por lo tanto, se desestimó la reclamación, considerando que el reclamante no había demostrado la inexistencia o extinción de la deuda, y que su conducta era contraria a la legalidad y a las normas de protección de datos.