AEPD sanciona a la Universidad de Las Palmas por incumplir el plazo legal para atender una solicitud de cancelación de datos

Resolución TD-00371-2018
Firmado 2018-07-17T00:00:00Z
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El procedimiento TD/00371/2018 se originó a partir de la reclamación de D. A.A.A. contra la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, específicamente contra su biblioteca. El reclamante denunció que su derecho de cancelación no había sido atendido en el plazo legal de diez días desde que lo ejerció el 22 de enero de 2018.

D. A.A.A. solicitó la cancelación de sus datos personales que aparecían en una entrevista del año 1986 y en diversas páginas de una revista, donde se incluía su fotografía y un texto que mencionaba su nombramiento como presidente de un sindicato. Estos datos estaban publicados en la web de la biblioteca universitaria y en una URL específica.

La universidad no presentó alegaciones ni respondió adecuadamente a la solicitud de cancelación dentro del plazo establecido. Además, se constató que la información solicitada para ser cancelada ya no estaba disponible en las URLs mencionadas, lo que indicaba que se habían tomado medidas para evitar su indexación por motores de búsqueda.

La resolución estimó la reclamación por motivos formales, ya que la universidad no había respondido en el plazo legal. Se instó a la universidad a remitir una certificación al reclamante, aunque no se consideró necesario emitir una nueva certificación debido a que la universidad ya había contestado motivadamente al reclamante.

La decisión subraya la importancia de cumplir con los plazos legales para atender las solicitudes de derechos de los ciudadanos, en este caso, el derecho de cancelación de datos personales. La falta de respuesta en el plazo establecido fue la razón principal para la estimación de la reclamación.