AEPD desestima reclamación contra Orange por cumplir con el derecho de acceso a datos personales

Resolución TD-00355-2018
Firmado 2018-05-09T00:00:00Z
Enlace 📋

El 9 de enero de 2018, Dª A.A.A. presentó una reclamación contra ORANGE ESPAGNE, S.A.U. debido a que no había recibido una respuesta satisfactoria a su solicitud de acceso a sus datos personales. El reclamante había ejercido su derecho de acceso el 4 de diciembre de 2017, pero consideró que la respuesta obtenida era incompleta.

La empresa alegó haber enviado una carta el 13 de diciembre de 2017, facilitando el acceso a los datos solicitados y bloqueando las líneas telefónicas objeto de la reclamación debido a posibles irregularidades. La reclamante, sin embargo, no presentó alegaciones adicionales y mantuvo que la información proporcionada era insuficiente.

La resolución determinó que la empresa había actuado correctamente al responder a la solicitud de acceso dentro del plazo legal y proporcionando la información requerida por la normativa vigente. La carta enviada por la empresa incluía datos como nombre, dirección, DNI, fecha de nacimiento, teléfonos de contacto, cuenta bancaria, y explicaba el origen de los datos, los usos y finalidades del almacenamiento, así como las posibles comunicaciones a entidades de solvencia patrimonial y el grupo societario.

La reclamante también mencionó irregularidades en la contratación de líneas telefónicas y una posible suplantación, pero estas cuestiones quedaron al margen de la normativa de protección de datos y deberían ser denunciadas en los foros correspondientes.

Finalmente, se desestimó la reclamación, considerando que la empresa había cumplido con sus obligaciones legales en cuanto al derecho de acceso. La resolución fue notificada a ambas partes y se hizo pública conforme a la normativa vigente.