| Resolución | TD-00338-2018 |
| Firmado | 2018-06-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El reclamante, D. A.A.A., solicitó la cancelación de varios videos en YouTube que lo mostraban siendo acosado cuando era menor de edad. La solicitud se realizó el 26 de octubre de 2017, pero el reclamante alegó que no recibió una respuesta adecuada y que los videos seguían accesibles.
Durante el procedimiento, Google LLC (YouTube) argumentó que había eliminado los videos solicitados y que no eran responsables de los contenidos subidos por los usuarios. Sin embargo, el reclamante señaló que aún quedaban cuatro enlaces activos. Tras revisar la documentación, se confirmó que solo dos de estos enlaces seguían accesibles.
La resolución estimó parcialmente la reclamación. Se consideró que la pretensión del reclamante se había alcanzado en parte durante la tramitación del procedimiento, ya que algunos videos fueron eliminados. Sin embargo, se desestimó la reclamación respecto a los dos enlaces que seguían activos, ya que el reclamante no había acreditado el ejercicio del derecho de cancelación para estos enlaces específicos.
Se recomendó al reclamante que ejerciera nuevamente su derecho de cancelación para los enlaces restantes si lo consideraba necesario. La resolución también ordenó notificar la decisión a Google Spain, S.L., para que la trasladara a Google LLC (YouTube).