| Resolución | TD-00337-2019 |
| Firmado | 2020-01-31T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. presentó una reclamación contra la Confederación Española de Gremios y Asociaciones de Librerías (CEGAL) por no haber atendido su solicitud de supresión de datos personales. El reclamante ejerció su derecho de supresión, pero no recibió respuesta en el plazo legalmente establecido.
Durante el procedimiento, CEGAL alegó que había atendido la solicitud, pero esta respuesta se consideró extemporánea. La resolución estima la reclamación por motivos formales, ya que la entidad no respondió dentro del plazo establecido. No se impone sanción, pero se ordena notificar la resolución a ambas partes.