La AEPD ordena a Caixabank atender la solicitud de supresión de datos de un cliente tras incumplir con el derecho al olvido

Resolución TD-00331-2021
Firmado 2022-02-18T00:00:00Z
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A.A.A. presentó una reclamación contra Caixabank S.A. por no haber atendido su solicitud de supresión de datos. El reclamante había solicitado la eliminación de sus datos de la Central de Información de Riesgos del Banco de España, ya que una deuda había sido cancelada por subasta del bien hipotecado. Caixabank no respondió adecuadamente a esta solicitud, limitándose a hablar sobre la relación contractual y las obligaciones dinerarias sin abordar el derecho de supresión.

La resolución estima la reclamación y ordena a Caixabank que, en un plazo de diez días hábiles, certifique que ha atendido la solicitud de supresión o deniegue motivadamente la petición. El incumplimiento de esta resolución podría llevar a una sanción. La decisión se basa en la falta de respuesta adecuada por parte de Caixabank al derecho de supresión del reclamante.