| Resolución | TD-00325-2021 |
| Firmado | 2022-03-02T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. presentó una reclamación contra el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) por no haber atendido su solicitud de supresión de datos personales incluidos en ficheros de solvencia patrimonial y crédito. El reclamante alegó que la entidad financiera no había gestionado adecuadamente su derecho de acceso y supresión, y solicitó el bloqueo de sus datos.
BBVA respondió que la deuda del reclamante fue requerida de pago previamente a la inclusión de sus datos en los ficheros y que se había cumplido con la normativa vigente. La entidad argumentó que la deuda era cierta, vencida y exigible, y que se había informado al reclamante sobre la posibilidad de inclusión en dichos sistemas.
Tras analizar las pruebas y argumentos presentados, se concluyó que BBVA había actuado conforme a la normativa de protección de datos. La entidad había informado adecuadamente al reclamante y había cumplido con los requisitos legales para la inclusión de datos en ficheros de solvencia patrimonial. Por lo tanto, la reclamación fue desestimada.