| Resolución | TD-00325-2019 |
| Firmado | 1980-01-01T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. presentó una reclamación contra la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid por no haber atendido su solicitud de acceso a su historia clínica. El reclamante solicitó inicialmente que la documentación se enviara por correo electrónico a Honduras, pero luego proporcionó una dirección en Grecia. La Consejería alegó que no podía enviar la documentación al extranjero y cuestionó la identificación del reclamante. La resolución estima la reclamación, instando a la Consejería a atender el derecho de acceso del reclamante en un plazo de diez días hábiles. La Consejería debe comunicar las actuaciones realizadas a la autoridad competente. El incumplimiento podría resultar en una infracción sancionable.