| Resolución | TD-00320-2019 |
| Firmado | 2020-01-16T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. presentó una reclamación contra AD735 DATA MEDIA ADVERTISING S.L. por no haber atendido adecuadamente sus solicitudes de acceso y supresión de datos personales. El reclamante ejerció estos derechos el 19 de febrero de 2019, pero no recibió respuesta. La empresa alegó que la solicitud no incluía suficientes datos para identificar al reclamante y, por tanto, no pudo atenderla. Sin embargo, se demostró que la empresa tenía información suficiente para contactar al reclamante y solicitar la subsanación de cualquier falta de datos.
Se estimó la reclamación y se instó a la empresa a atender el derecho de acceso del reclamante en un plazo de diez días hábiles, proporcionando una certificación que indique si se ha atendido la solicitud o se deniega motivadamente. El incumplimiento de esta resolución podría resultar en una infracción sancionable.