AEPD ordena a Orange España (Jazztel) suprimir datos tras rechazar firma electrónica del reclamante

Resolución TD-00313-2019
Firmado 2020-06-01T00:00:00Z
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D. A.A.A. presentó una reclamación contra ORANGE ESPAGNE, S.A.U. (JAZZTEL) por no haber atendido su solicitud de supresión de datos. El reclamante solicitó la eliminación de sus datos personales, pero la empresa denegó la petición al no considerar válida la identificación del reclamante, a pesar de que este utilizó su firma electrónica. La resolución estimó la reclamación, instando a la empresa a cumplir con el derecho de supresión en un plazo de diez días hábiles. La empresa debe comunicar las acciones realizadas a la autoridad competente. El incumplimiento de esta resolución podría resultar en una infracción sancionable.