| Resolución | TD-00312-2019 |
| Firmado | 2020-02-21T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. presentó una reclamación contra XFERA MÓVILES, S.A. por no haber atendido adecuadamente su solicitud de supresión de datos personales. El reclamante ejerció su derecho de supresión el 16 de junio de 2019, pero no recibió una respuesta conforme a la ley. La empresa alegó que no podía suprimir los datos debido a una deuda pendiente del reclamante.
La resolución estima la reclamación por motivos formales, ya que la empresa finalmente respondió a la solicitud, aunque de manera extemporánea. La empresa justificó la negativa a suprimir los datos debido a la existencia de una deuda activa, lo cual es conforme a la normativa de protección de datos. Por lo tanto, no se requiere ninguna actuación adicional por parte de la empresa.