| Resolución | TD-00305-2021 |
| Firmado | 2022-01-12T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El reclamante, A.A.A., denunció al Ayuntamiento de ***AYUNTAMIENTO.1 por no haber atendido su solicitud de acceso a sus datos personales. El Ayuntamiento argumentó que la información solicitada estaba disponible en su sede electrónica, pero el reclamante no quedó satisfecho. Tras un procedimiento, el Ayuntamiento finalmente atendió la solicitud de acceso, aunque de manera extemporánea. La resolución estima la reclamación por motivos formales, considerando que el derecho de acceso fue atendido, aunque con retraso. No se impone sanción ni se requieren actuaciones adicionales, ya que el objetivo de restaurar las garantías y derechos del reclamante se ha cumplido.