| Resolución | TD-00304-2021 |
| Firmado | 2022-01-12T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
A.A.A. presentó una reclamación contra el Ayuntamiento de ***LOCALIDAD.1 por no haber atendido su solicitud de acceso a sus datos personales. La reclamante ejerció su derecho de acceso, pero no recibió respuesta en el plazo legal. Tras el procedimiento, el Ayuntamiento argumentó que la información solicitada estaba disponible en su sede electrónica, pero la reclamante insistió en que no había recibido una respuesta adecuada y acusó al Ayuntamiento de actuar de mala fe.
Finalmente, se estimó la reclamación por motivos formales, ya que el derecho de acceso se atendió, aunque de manera extemporánea. No se impuso sanción porque el procedimiento restauró las garantías y derechos del reclamante.