AEPD sanciona a Xfera Móviles por no atender adecuadamente la solicitud de acceso a datos personales de sus clientes

Resolución TD-00303-2019
Firmado 2019-12-27T00:00:00Z
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D. A.A.A. y Dª B.B.B. presentaron una reclamación contra XFERA MÓVILES, S.A. debido a que no habían recibido una respuesta adecuada a su solicitud de acceso a sus datos personales. Los reclamantes habían intentado ejercer su derecho de acceso el 19 de marzo de 2019, pero no obtuvieron la información solicitada.

La reclamación se basó en la falta de atención a su solicitud de acceso, lo cual es un derecho reconocido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Los reclamantes deseaban conocer los datos o información que habían impedido la contratación telefónica en la fecha mencionada.

Durante el procedimiento, XFERA MÓVILES, S.A. alegó que había respondido a la solicitud de acceso, pero la documentación presentada mostraba discrepancias en la dirección y la fecha de nacimiento de los reclamantes, lo que generó dudas sobre la veracidad de la respuesta proporcionada.

La resolución determinó que la empresa no había atendido adecuadamente la solicitud de acceso, ya que no se había comunicado correctamente a los reclamantes sobre la decisión tomada respecto a su solicitud. Además, la respuesta proporcionada durante el trámite administrativo no fue considerada válida, ya que debía haber sido enviada directamente a los reclamantes.

Por estas razones, se estimó la reclamación y se instó a XFERA MÓVILES, S.A. a remitir una certificación a los reclamantes, confirmando que se había atendido su derecho de acceso. La empresa debía hacerlo en un plazo de diez días hábiles desde la notificación de la resolución. El incumplimiento de esta resolución podría llevar a la comisión de una infracción sancionable.