| Resolución | TD-00299-2018 |
| Firmado | 2018-04-13T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El 2 de febrero de 2018, D. A.A.A. presentó una reclamación contra Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., debido a que no había recibido una respuesta adecuada a su solicitud de acceso a sus datos personales. El reclamante había solicitado información sobre su póliza y cualquier documentación relacionada, como comunicados, notificaciones e informes técnicos.
Allianz argumentó que, debido a un error humano, no se trasladó la solicitud al departamento correspondiente y que, aunque respondieron fuera del plazo legal, no negaron el derecho de acceso. Sin embargo, la empresa se negó a facilitar documentos concretos, alegando que eran internos y no podían ser proporcionados.
El reclamante denunció el incumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) por parte de Allianz, ya que no se le había proporcionado la información solicitada dentro del plazo establecido.
La resolución determinó que, aunque el derecho de acceso no incluye la obtención de documentos concretos, Allianz incumplió el plazo legal para responder a la solicitud del reclamante. Por lo tanto, se estimó la reclamación por motivos formales, pero no se emitió una nueva certificación, ya que la empresa había facilitado la información solicitada, aunque fuera del plazo.
La decisión subraya la importancia de cumplir con los plazos establecidos por la LOPD para responder a las solicitudes de acceso a datos personales y la necesidad de proporcionar una respuesta clara y oportuna a los afectados.