| Resolución | TD-00282-2020 |
| Firmado | 2021-03-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
A.A.A. presentó una reclamación contra Experian Bureau de Crédito, S.A. por no haber atendido su solicitud de supresión de datos. La reclamante alegó que había ejercido su derecho de supresión sin recibir respuesta adecuada. Experian argumentó que no podía suprimir los datos porque habían sido confirmados por la entidad acreedora.
La resolución desestimó la reclamación, ya que Experian había respondido motivadamente a la solicitud de supresión, aunque la denegó. Además, se determinó que el acreedor es el responsable de la veracidad y exactitud de los datos, y que Experian solo puede actuar según la información proporcionada por el acreedor.