| Resolución | TD-00279-2020 |
| Firmado | 2021-03-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. B.B.B., representado por D. A.A.A., presentó una reclamación contra Banco Santander, S.A., por no haber atendido su solicitud de supresión de datos en los ficheros de solvencia patrimonial y CIRBE. El reclamante alegó que no recibió respuesta a su solicitud y que fue incluido en dichos ficheros sin comunicación previa. Banco Santander argumentó que sí había respondido y aportó requerimientos de pago, pero el reclamante negó haberlos recibido.
La resolución estima la reclamación y ordena a Banco Santander que, en un plazo de diez días hábiles, remita al reclamante una certificación que atienda su derecho de supresión o deniegue motivadamente la solicitud. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una infracción sancionable.