AEPD Estima Reclamación contra Vodafone por Respuesta Extemporánea a Solicitud de Datos Personales

Resolución TD-00266-2019
Firmado 2019-11-11T00:00:00Z
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El reclamante, D. A.A.A., presentó una denuncia contra Vodafone España, S.A.U. por no haber atendido adecuadamente su solicitud de acceso a sus datos personales. La reclamación se centró en la falta de respuesta completa a su petición de información, que incluía grabaciones de llamadas, boletines de instalación y registros de incidencias técnicas.

El reclamante solicitó específicamente la grabación de la llamada de contratación, las grabaciones de llamadas a servicios de atención y soporte, el boletín de instalación de servicios de fibra y fijo, y el registro de incidencias técnicas y reclamaciones. Vodafone respondió inicialmente con una carta que el reclamante consideró incompleta, lo que llevó a la presentación de la denuncia.

Vodafone alegó que no grababan todas las llamadas y que, por lo tanto, no disponían de todas las grabaciones solicitadas. Sin embargo, el reclamante insistió en que, al menos, la grabación de la contratación telefónica debía estar en poder de la empresa.

La resolución determinó que, aunque la voz es un dato personal y el reclamante tenía derecho a acceder a la grabación de su voz, la empresa no estaba obligada a proporcionar grabaciones que contuvieran información de terceros sin su consentimiento. Además, se señaló que la competencia de la resolución se limitaba a la protección de datos personales y no a la validez de contratos o incidencias técnicas.

Finalmente, se estimó la reclamación por motivos formales, ya que la respuesta de Vodafone fue extemporánea. No se requirió la emisión de una nueva certificación ni actuaciones adicionales por parte del responsable del tratamiento. La resolución se notificó a ambas partes y se hizo pública una vez notificada.