AEPD ordena a Google suprimir datos personales obsoletos de sus resultados de búsqueda para proteger la privacidad de un exmiembro de la Guardia Civil

Resolución TD-00253-2019
Firmado 2019-12-20T00:00:00Z
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El caso se refiere a una reclamación presentada por D. A.A.A. contra Google LLC (Google Spain, S.L.) por no haber atendido adecuadamente su solicitud de supresión de datos personales. La parte reclamante solicitó que sus datos no se asociaran con una URL específica en los resultados de búsqueda, ya que la información contenida en dicha URL era obsoleta y no anonimizada. La URL en cuestión remitía a una sentencia del Tribunal Supremo sobre un conflicto entre la Jurisdicción Militar y el contencioso administrativo relacionado con la baja en la Guardia Civil en 1995.

Google argumentó que la información publicada tenía relevancia pública y estaba relacionada con la actividad profesional de la parte reclamante, por lo que prevalecía el interés público sobre el derecho a la protección de datos. Sin embargo, se determinó que la información era obsoleta y que, con el tiempo, había perdido su carácter profesional y su interés público. Mantener la difusión de esta información podía resultar perjudicial para los derechos al honor, intimidad y protección de datos personales de la parte reclamante.

Se concluyó que el tratamiento de los datos personales ya no era necesario en relación con los fines para los que fueron recogidos, y que su difusión constituía una injerencia en el derecho fundamental al respeto de la vida privada. Por lo tanto, se estimó la reclamación y se instó a Google a adoptar las medidas necesarias para evitar que el nombre de la parte reclamante se vinculara con la URL en los resultados de búsqueda.