| Resolución | TD-00250-2018 |
| Firmado | 2018-06-11T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En febrero de 2018, Dª A.A.A. presentó una reclamación contra la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) por no haber atendido su solicitud de cancelación de datos personales. La reclamante había solicitado la eliminación de sus datos personales, incluyendo información sobre infracciones penales, del fichero «Asesoría Jurídica» de la UAM. La universidad denegó la solicitud argumentando que los datos eran necesarios debido a la existencia de procedimientos judiciales en curso.
La reclamante alegó que la UAM no tenía legitimidad para conservar sus datos, ya que no estaba personada en ningún procedimiento judicial en curso contra ella. Además, denunció que la UAM no había ajustado su tratamiento de datos a la normativa vigente y que había brechas de seguridad en la administración electrónica de la universidad.
La resolución desestimó la reclamación, argumentando que no era competente para valorar la necesidad de mantener los datos en el fichero «Asesoría Jurídica» de la UAM debido a posibles procedimientos judiciales sin concluir. La decisión se basó en que el procedimiento de tutela de derechos solo analiza la denegación de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, y no otras cuestiones planteadas por la reclamante.
La resolución concluyó que la UAM había actuado conforme a la normativa vigente al denegar la solicitud de cancelación, ya que los datos eran necesarios para posibles requerimientos judiciales. Por lo tanto, se desestimó la reclamación y se notificó la resolución a ambas partes.