| Resolución | TD-00249-2020 |
| Firmado | 2021-02-18T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
A.A.A. presentó una reclamación contra ÁUDEA SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN, S.L. por no haber atendido adecuadamente su solicitud de acceso a sus datos personales. Inicialmente, la reclamación fue inadmitida, pero tras un recurso de reposición y la aportación de nueva información, se admitió a trámite. La entidad reclamada finalmente respondió a la solicitud, aunque fuera del plazo legal establecido. La resolución estima la reclamación por motivos formales, ya que la entidad cumplió con la obligación de responder, aunque de manera extemporánea. No se impone sanción porque la entidad restauró los derechos del reclamante.