AEPD Ordena al Ministerio de Asuntos Exteriores a Cumplir con el Derecho de Acceso a Datos Personales del Reclamante

Resolución TD-00249-2019
Firmado 2019-10-23T00:00:00Z
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El reclamante, D. A.A.A., presentó una reclamación contra el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación por no haber atendido adecuadamente su solicitud de acceso y supresión de datos personales. El reclamante solicitó copias de sus datos personales retenidos por el Ministerio, especialmente en los consulados de Canberra, Bruselas y Malta, y pidió la eliminación de una fotografía publicada en Twitter por la Embajada en Australia.

El Ministerio argumentó que no había tenido conocimiento de las solicitudes del reclamante hasta que fue requerido por la autoridad competente. Sin embargo, se constató que el derecho de supresión de la fotografía había sido atendido, pero no el derecho de acceso a los datos personales. El Ministerio proporcionó información sobre la calidad de los datos, pero no sobre los datos en sí, y no especificó los plazos de conservación ni los medios para ejercer los derechos.

La resolución estima la reclamación y ordena al Ministerio que, en un plazo de diez días hábiles, remita al reclamante una certificación que confirme que ha atendido el derecho de acceso o, en caso contrario, que se niegue motivadamente indicando las causas. El incumplimiento de esta resolución podría comportar una sanción por infracción tipificada en la normativa vigente.